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Existen dos formas de constituir sociedades mercantiles en Portugal: 




 

Régimen normal

La constitución de una empresa comprende la realización de los siguientes pasos:

 

1º paso: aprobación del nombre y emisión de tarjeta de persona jurídica

El primer paso consiste en obtener la aprobación de la denominación y el objeto de la futura empresa. El requerimiento se realiza a través de formulario propio o a través de internet, donde se proponen 3 denominaciones diferentes, por orden descendiente de interés. El objeto de la empresa también se somete a aprobación. Compruebe cuáles son los requisitos para las denominaciones y algunos ejemplos de objetos sociales válidos.

Entidad competente: Registo Nacional de Pessoas Colectivas (RNPC)

  1. Impreso modelo 11, por duplicado; 

  2. Impreso modelo 10; 

  3. Guía de depósito de los respectivos costes notariales.

Si la solicitud es diferida, se entrega:

  • Certificado de admisibilidad de razón social, válido durante 90 días.

Duración media: 2 días, en caso de aprobación de la 1.ª solicitud.

 

2.º paso: firma de la escritura de constitución

La formalización de la constitución de una empresa se lleva a cabo con la firma por parte de todos los socios o sus representantes de la escritura de constitución.

La firma de todos los socios o de sus representantes debe ser reconocida presencialmente.

Output:

  • Escritura de constitución.

Duración media: medio día.

Régimen de la empresa antes del registro

 

3.º paso: registro de la empresa

La empresa solo está dotada de personalidad jurídica tras su registro. Así, tras la celebración de la escritura de constitución, hay que registrar el acto en el respectivo Registro Mercantil. Este registro puede ser requerido a través de internet. El Registro Mercantil requerirá su publicación.

Entidad competente: Registro mercantil

Input:

  • Impreso oficial; 
  • Copia compulsada de la escritura de constitución; 

  • Certificado de admisibilidad de la razón social; 

  • Declaración de inicio de actividad.

Output:


  • Certificado de registro de la empresa.

Duración media: 3 días. El tiempo necesario para obtener el certificado de registro depende de cada oficina del registro (y puede ir desde los 8 días hasta varias semanas).

Plazo: 60 días a partir de la fecha de celebración de la escritura de constitución de la sociedad.

 

4.º paso: declaración de inicio de actividad

La declaración de inicio de actividad, que comunica el inicio de la actividad a efectos fiscales, se presentará a través de internet o en impreso propio en la agencia tributaria, y debe ser firmada por un censor jurado de cuentas.

Entidad competente: Dirección General de Impuestos

Input:


  • Modelo 1886 (INCM), por triplicado, con los datos relativos al censor jurado de cuentas, debidamente certificado; 

  • Certificado de Registro Mercantil; 

  • Fotocopia de la escritura de constitución.

Output:

  • 
Declaración de inicio de actividad.

Duración media: medio día.

Plazo: antes del inicio de actividad o en el plazo de 90 días a partir de la fecha de inscripción en el Registro Nacional de Personas Jurídicas.

 

5.º paso: inscripción en la Seguridad Social

Inscripción de la empresa y de sus empleados en la cotización a la Seguridad Social.

Entidad competente: Seguridad Social

Input:


  • Boletín de Identificación del Contribuyente; 

  • Copia compulsada de la escritura de constitución; 
  • Certificado del Registro Mercantil; 

  • Acta de designación de los miembros de los órganos estatutarios y definición de su situación respecto a la forma de remuneración; 

  • Fotocopia del documento de identidad y tarjeta de contribuyente de los miembros de los órganos estatutarios de la empresa; 

  • Declaración de inicio de actividad.

Duración media: 3 días.

Plazo: 10 días a partir de la fecha de la declaración del inicio de actividad fiscal.

Todos estos pasos pueden ser realizados en un centro de formalización de empresas o, de forma independiente, en cada una de las instituciones públicas competentes, algunas de ellas disponibles en línea.

Después de finalizar estos pasos, la empresa puede que tenga que conseguir autorización para la actividad que va a desarrollar. 





 

Empresa en una hora


Con la iniciativa "Empresa na hora" es posible crear en una única oficina, y de forma simple y rápida (cerca de 55 minutos), sociedades limitadas, sociedades limitadas unipersonales o sociedades anónimas.

Con "Empresa na hora" no es necesario la obtención previa del certificado de admisibilidad.

En el momento de la constitución se entrega la tarjeta definitiva de persona jurídica, el pacto social y el certificado del registro mercantil. También se proporciona en ese momento el número de identificación de la Seguridad Social. El Registro Mercantil se encargará de la comunicación y las formalidades consiguientes a todas las entidades que deban ser notificadas sobre la constitución de la empresa.

"Empresa na hora" puede realizarse en las oficinas del Registro Mercantil y/o en los puntos de atención del Registro Mercantil operativos junto a los CFE (centro de formalización de empresas).

Los usuarios que constituyan una "Empresa na hora" tendrán, desde ese momento, un dominio de internet .pt y acceso a un centro de arbitraje.

 

Proceso de constitución de una "Empresa na hora"

1. Elección de razón social y de modelo de pacto social

Elección de una de las razones sociales de la lista de razones sociales aprobadas previamente y recogidas en la lista que será facilitada por la oficina de atención "Empresa na hora". A la razón social elegida se añade siempre una expresión alusiva al objeto pretendido de la empresa.

El interesado puede igualmente presentar el certificado de admisibilidad emitido por el RNPC. Elección de un modelo de pacto social disponible en las oficinas "Empresa na hora" y aprobado por el Director General de los Registros y Notariado.

 

2. Presencia en la oficina "Empresa na hora" de los socios de la empresa a constituir

Documentos necesarios de cada socio:

Personas físicas:

  • Tarjeta de contribuyente;
  • Documento de identidad, pasaporte o permiso de conducción.

Personas jurídicas:

  • Tarjeta de identificación de persona jurídica NIPC (fotocopia); 

  • Original del certificado del Registro Mercantil, comprobante de todas las inscripciones vigentes, con fecha de emisión menor a un año de antigüedad; 

  • Documentos de identidad y tarjetas de contribuyente de los representantes legales de la empresa (fotocopias); 

  • Acta de deliberación de la asamblea general (este documento puede no ser necesario, dependiendo de lo previsto en los estatutos de la empresa); 

  • Fotocopia de la escritura de constitución o pacto social actualizado, emitido por el respectivo Registro Mercantil.

 

3. Finalización del proceso

Los documentos de la empresa se preparan en el momento; el certificado de registro, el pacto social, la tarjeta de persona jurídica y el número de Seguridad Social de la empresa se entregan en el acto.

 

4. Actos posteriores

La declaración de inicio de actividad podrá ser entregada debidamente cumplimentada y firmada por el censor jurado de cuentas en el momento de la constitución.

En caso contrario, dispone de 15 días a partir de la fecha de la constitución para hacerlo.

El depósito del capital social tiene que ser realizado obligatoriamente en los cinco días hábiles posteriores a la constitución de la empresa.

Ventajas:

  • Exime de certificado de admisibilidad; 
  • Entrega inmediata de los documentos de la empresa.

Desventajas
:

  • Imposibilidad de reservar un nombre o elegir un nombre del agrado del usuario;
  • Los pactos sociales existentes son muy restringidos;
  • Solo es posible constituir sociedades limitadas (Lda.), sociedades limitadas unipersonales y sociedades anónimas (S. A.), siempre que el capital no sea desembolsado mediante aportaciones en especie y la constitución no necesite autorizaciones previas.

 

Sociedades Limitadas

Sociedades Limitadas Unipersonales

Sociedades Anónimas

Sucursal

SGPS

Sociedades en Comandita

Sociedades Colectivas

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