Seguridad Social en Malta
La legislación relevante en materia de Seguridad Social es la “Social Security Act”. No obstante, se aplican los reglamentos comunitarios sobre esta materia, los cuales deben ser observados.
Las cotizaciones a la Seguridad Social relativas a un trabajador en Malta son pagadas por el empleador y por el trabajador, y a cada uno se aplica un tipo del 10% sobre el respectivo salario.
Aun así, las cotizaciones están sujetas a importes mínimos y máximos semanales, siendo el mínimo de 15,81 € y el máximo, según la edad del trabajador, entre los 33,50 € y los 37,85 €. Estos importes se aplican a cada una de las cotizaciones, del trabajador y del empleador.
Las cotizaciones se pagan a través de la deducción de los respectivos importes del salario del trabajador, de la misma forma que los impuestos, y es responsabilidad del empleador proceder a la respectiva entrega.
Para los trabajadores autónomos (self-occupied y self-employed), la cotización es del 15% sobre sus ingresos, y está igualmente sujeta a importes mínimos y máximos semanales, siendo el mínimo de 27,25 € y el máximo, según la edad del contribuyente, entre los 50,24 € y los 56,78 €.