

Nueva tabla de actividades de elevado valor añadido para los residentes no habituales en Portugal
La Orden Ministerial 230/2019, de 23 de julio, actualiza la lista de actividades de valor añadido a considerar en el régimen fiscal de los residentes no habituales en Portugal. Se trata de una profunda revisión de una tabla que se encontraba en vigor desde 2010, gracias la cual se pretende alinear las actividades que constan en ella con las necesidades del mercado de trabajo nacional - dada la demanda de competencias especializadas y las dificultades a que ha de hacer frente la selección de personal - y con los códigos de la clasificación portuguesa de profesiones (CPP).
El régimen fiscal de los residentes no habituales en Portugal
El régimen fiscal para residentes no habituales se creó en 2009, en un momento en el que, ante la necesidad de fomentar la cada vez mayor proyección de Portugal en el escenario mundial, el Gobierno consideró oportuno utilizar los instrumentos de la política fiscal internacional vigentes en el país para atraer al territorio portugués a profesionales que desempeñan actividades de elevado valor añadido.
Este régimen prevé, entre otras cosas, que las rentas netas de las categorías A y B obtenidas por residentes no habituales en el territorio portugués que desempeñan actividades de elevado valor añadido tributen a un tipo especial del 20 %, y que las rentas de la categoría B obtenidas en el extranjero como resultado de esas mismas actividades estén exentas de tributación en Portugal siempre que se reúnan determinadas condiciones.
Lista de actividades de valor añadido
Así las cosas, en enero de 2010 se aprobó una tabla que representaba el catálogo de actividades y servía para poner en marcha el régimen fiscal para los residentes no habituales. Esta tabla se basaba en los códigos de las actividades económicas (CAE), aunque sin una correspondencia directa. La nueva Orden Ministerial adopta un modelo basado - y con correspondencia directa - en los códigos de la clasificación portuguesa de profesiones (CPP), lo cual permite aclarar con mayor rapidez las dudas sobre el alcance de cada una de las actividades que se indican en la tabla, ya que para cada código de profesión se muestra una descripción de las funciones que se consideran ejemplos de profesiones incluidas y excluidas.
Así pues, a quienes soliciten su inscripción como residentes no habituales en Portugal a partir del 1 de enero de 2020 - excepto si la solicitaron antes del 31 de marzo, con respecto al año 2019 - se les aplicará la siguiente tabla de actividades:
I - Actividades profesionales (códigos de la CPP):
112 - Director general y director ejecutivo de empresas;
12 - Directores de servicios administrativos y comerciales;
13 - Directores de producción y de servicios especializados;
14 - Directores de hostelería, restauración, comercio y otros servicios;
21 - Especialistas en ciencias físicas, matemáticas, ingenierías y técnicas afines;
221 - Médicos;
2261 - Médicos dentistas y estomatólogos;
231 - Profesor de enseñanza universitaria y superior;
25 - Especialistas en tecnologías de la información y comunicación (TIC);
264 - Escritores, periodistas y lingüistas;
265 - Artistas creativos y de las artes del espectáculo;
31 - Técnicos y profesionales de nivel medio de ciencias e ingeniería;
35 - Técnicos de tecnologías de la información y comunicación;
61 - Agricultores y trabajadores cualificados del ramo agrícola y la producción animal orientados al mercado;
62 - Trabajadores cualificados de bosques, caza y pesca orientados al mercado;
7 - Trabajadores cualificados de la industria, la construcción y la artesanía, incluidos los trabajadores cualificados de la metalurgia, la transformación de alimentos, la madera, el vestuario, la imprenta, la fabricación de instrumentos de precisión, la joyería, la artesanía y los trabajos de electricidad y electrónica;
8 - Operadores de instalaciones y máquinas, y trabajadores de montaje, verbigracia, operadores de instalaciones fijas y de máquinas.
Los trabajadores encuadrados en las actividades profesionales indicadas más arriba deben poseer como mínimo el nivel 4 de cualificación del Marco Europeo de Cualificaciones, o el nivel 35 de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación, o contar con cinco años de experiencia profesional debidamente acreditada.
II - Otras actividades profesionales:
Administradores y directores de empresas promotoras de inversiones productivas, siempre que participen en proyectos elegibles y con contratos de concesión de beneficios fiscales celebrados al amparo del Código Fiscal de la Inversión aprobado por el Decreto Ley n.º 162/2014, del 31 de octubre.
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